domingo, 28 de diciembre de 2014

Acuerdo sobre Valoración de la OMC

1.- En los principios contenidos en el Artículo VII del GATT de 1947, se puede apreciar la primera noción formal del valor en aduana de las mercancías; aunque ahí no habían procedimientos como tales, las pautas que establece este  Artículo VII fueron definitivas para el desarrollo de normas posteriores sobre el valor de las mercancías en aduanas.

2.- En base a los mencionados principios, se firmó en 1950 un Convenio sobre Valoración Aduanera llamado “La Definición del Valor de Bruselas” , que contenía una noción teórica del valor acorde con la época , y en consecuencia altamente proteccionista, determinando incluso tratamientos alejados de la realidad en que se desenvolvían las transacciones comerciales internacionales en ese entonces. Fue este Convenio el que definió por primera vez una norma y procedimientos sobre el valor de las mercancías en aduana.


3.- En 1979, durante la realización de las Negociaciones Comerciales Multilaterales de la Ronda Tokio del GATT se estableció el Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), el cual también es conocido como el Código de valoración del GATT. Este Acuerdo se basa en una noción positiva del valor de las mercancías, teniendo en cuenta los principios del Artículo VII del GATT de 1947.


4.- Cuando fue creada la Organización Mundial del Comercio (OMC) con la Ronda Uruguay, se incorporó a este nuevo ordenamiento jurídico el Código de Valoración del GATT elaborado y aprobado  en el año 1979, con algunos ajustes más de forma que de contenido.


5.- Posteriormente, cuando se firma el Acta Final de la Ronda Uruguay el 15 de Abril de 1994 en Marrakech (Marruecos) , se comprende dentro de ésta al “Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994”; el cual en el ámbito de la Comunidad Andina  es denominado “Acuerdo sobre Valoración de la OMC” y la Organización Mundial de Aduanas (OMA) lo llama “Acuerdo de la OMC sobre valoración”.


6.- El Acuerdo sobre Valoración de la OMC se inspira en principios más liberales que los del Acuerdo de la Definición del Valor de Bruselas, debido principalmente a la necesidad de los países industrializados de liberalizar el comercio internacional.


7.- Dicho Acuerdo sobre Valoración de la OMC, se basa fundamentalmente en el principio de la buena fe del importador, estableciendo como método primero  y principal un procedimiento que se basa en el precio real de las mercancías, es decir, el precio negociado entre las partes y por lo tanto el efectivamente pagado o por pagar del comprador al vendedor, el cual generalmente está contenido en la factura comercial; dicho precio ajustado conforme lo estipula el Acuerdo sobre valoración se denomina “Valor de Transacción”.




Ver la Realidad


“Cuando hablas de la Realidad, dijo el Presbítero, intentas expresar con palabras lo inexpresable, de manera que lo más seguro es que tus palabras generalmente no se entiendan. Igual sucede a  muchas personas que cuando leen esa expresión de la Realidad que llamamos SAGRADAS ESCRITURAS generalmente no la entienden en su real dimensión, porque no siguen la lógica de dichas ESCRITURAS, sino lo que ellas piensan que dice”.
En cierta ocasión, un jugador empedernido le dijo al Presbítero: “Ayer me sorprendieron haciendo trampas mientras jugábamos a las cartas en el tercer piso, razón por la cual me dieron una paliza y me arrojaron por la ventana. ¿Qué me aconsejarías tú que hiciera?”.
El Presbítero se quedó mirándolo fijamente y le dijo: “Si yo estuviera en tu lugar, en adelante trataría de jugar en la planta baja”.
Aquello dejó asombrados a los feligreses, que inmediatamente  inquirieron al Presbítero: ¿Por qué no le dijiste que dejara de jugar?
“Porque sabía que no quería dejar de jugar”, fue la sencilla y sagaz respuesta del Presbítero.
Un domingo por la mañana, a un feligrés que se mostraba excesivamente respetuoso, le dijo el Presbítero: “Si la luz se refleja en la pared ¿Por qué veneras la pared? Intenta prestar atención a la luz”.
Era un sábado del mes de Enero, los feligreses discutían vehementemente acerca de cuál de las siguientes tres tareas era la más difícil: redactar en forma de Escritura lo que Dios había revelado, comprender lo que Dios había revelado en la Escritura o explicar a otros la Escritura después de haberla comprendido uno mismo.
Cuando le preguntaron su opinión, dijo el Presbítero: “Yo sé de una tarea aún más difícil que cualquiera de esas tres”.
“¿Y cuál es?”
“Intentar que vosotros veáis la realidad tal como es”.

Un viernes por la tarde, los feligreses estaban enfrascados en una discusión sobre la siguiente sentencia:
“Los que saben no hablan;
los que hablan no saben”.  
Cuando el Presbítero entró donde ellos estaban, le preguntaron cuál era el significado de aquellas palabras.
El Presbítero les dijo: ¿Quién de vosotros conoce la fragancia de la rosa?
Todos la conocían
Entonces les dijo: “Expresadlo con palabras”
Después de escucharlo, todos guardaron silencio.

Te cuento, también para tu reflexión:
El Presbítero soportó pacientemente sentado, las quejas que una mujer tenía contra su marido.
Cuando ella concluyó, le dijo: “Tu matrimonio sería más feliz querida; si tú fueras una mejor esposa”.
“¿Y cómo puedo serlo?”
“Renunciando a tus esfuerzos por intentar hacer de él un mejor marido”

En algún momento de mi existencia humana , escuché este diálogo:
“Como no tengo la menor idea de lo que me deparará el mañana, quiero estar preparado”
“Tienes miedo al mañana…..y no te das cuenta de que el ayer también es igualmente peligroso”
Recuerdo que era un sábado por la noche, que los feligreses se hallaban en una acalorada discusión acerca de la causa del sufrimiento humano.
Unos decían que la causa eran los apegos. Otros, que el error. Y otros, por último, la incapacidad para distinguir lo real de lo irreal.
Cuando le preguntaron al Presbítero, éste dijo: “Todo sufrimiento proviene de la incapacidad de desprenderse de los apegos. Debemos reconocer que si bien el dolor existe, el sufrimiento lo inventamos nosotros”.  
Finalmente, te cuento:
Un hombre recorrió medio mundo para comprobar por sí mismo la extraordinaria fama de que gozaba el Presbítero.
¿Qué milagros ha realizado el Presbítero?, le preguntó a un feligrés.
“Bueno, verás…….hay milagros y milagros. En tu país se considera un milagro el que Dios haga la voluntad de alguien. Entre nosotros se considera un milagro el que alguien haga la voluntad de Dios”.


(…)  Hay dos tipos de personas. Unas que viven el mundo que está en sus mentes y otras que viven la realidad, es preocupante que la mayoría sean de las primeras.
                         



jueves, 25 de diciembre de 2014

Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías

1.- En los años sesenta, comenzó a sentirse en el comercio internacional, la necesidad de :
Sistematizar y armonizar la información contenida los documentos relativos al intercambio comercial.
Armonizar la designación y codificación de las mercancías, modos de transporte y países involucrados en el comercio internacional.

2.- A inicios de la década del setenta, se  recomendó para que el Consejo de Cooperación Aduanera (  hoy conocido como OMA ) iniciara un estudio sobre los problemas relacionados con la designación y codificación de mercancías, teniendo en consideración  su experiencia sobre la materia.

3.- Es así que el Grupo de estudio conformado para tal efecto, concluyó entre otras cosas, en lo siguiente:

Que  para facilitar el comercio internacional era indispensable la elaboración de un instrumento único de identificación de mercancías.
Que se debería elaborar dicho sistema único de identificación de mercancías sobre la base de la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA) y de la Clasificación Uniforme del Comercio Internacional ( CUCI Revisada) , así como teniendo en cuenta también otros sistemas de clasificación. Asimismo, se debería formular un instrumento que garantizara su aplicación.
Que dicho sistema único se elaboraría con el auspicio del Consejo de Cooperación Aduanera, para lo cual se crearía el respectivo Comité encargado de elaborar el “Sistema Armonizado”.
Que se debería constituir por el tiempo que durase la formulación  del sistema, un organismo internacional  encargado de vigilar que se tuvieran plenamente en cuenta las necesidades de todos los países involucrados al tiempo que propondría las medidas oportunas para la implementación del referido sistema.

4.- El trabajo iniciado sobre  el mencionado sistema, culminó el 14 de Junio de 1983, fecha en que el Consejo de Cooperación Aduanera ( hoy conocido como  OMA) aprobó  la Convención Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y la puso a disposición para la respectiva firma de los países.

5.- El 24 de Junio de 1986 el Consejo de Cooperación Aduanera aprobó el Protocolo de Enmienda de la Convención Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías con la finalidad de que pudiera entrar en vigor el 1 de Enero de 1988, abriéndolo a la firma de los países.

6.- Es así, que  efectivamente el 1 de Enero de 1988 se puso en vigencia el Convenio Internacional del Sistema armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, la cual reemplazó a la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera .

7.- El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, más conocido como “Sistema Armonizado”, es un nomenclatura polivalente de mercancías de seis dígitos, empleada por más de 190 países (  119 son partes contratantes) como base de sus aranceles de aduanas y para la recopilación de las estadísticas de comercio exterior.

TOMO II : EL PEREGRINO DE LA LUZ

SABIDURÍA Y SANTIDAD

En la búsqueda de lo Absoluto, una persona se orienta de una u otra manera hacia su origen, ya sea a través de la sabiduría o de la santidad.
El sabio parte de su propio infinito, centro de su Ser. En esa inmensidad, su YO carece de un punto de apoyo y sus proyectos u obsesiones paulatinamente pueden empequeñecerse hasta desaparecer o agrandarse hasta abarcar la inmensidad de la realidad, según sean sus convicciones y perseverancia.
El santo por su lado, en sentido inverso, parte de su finitud e irrisoria pequeñez. Su YO, es dejado a la misteriosa voluntad del Creador, renuncia a toda voluntad personal, manteniendo su pensamiento siempre fijo en Dios.
Cualquiera de los dos caminos (sabiduría o santidad) que siga una persona, su realización final que alcance, por experiencia sabemos,  se caracterizará por ser un estado de  libertad interior, conocimiento, amor y alegría.
Por lo expresado en los párrafos anteriores y por experiencia, también podemos afirmar que el sabio realizado tiene generalmente las condiciones necesarias para alcanzar la santidad; así como, el  que alcance la santidad cuenta con las condiciones para lograr también la sabiduría; no obstante, que las prácticas y las formas de ambos sean diferentes.
Te cuento para tu reflexión:
Al  Presbítero le  encantaba siempre ver cómo las personas reconocían su ignorancia.
El Presbítero afirmaba que: ¨La sabiduría tiende a crecer a medida que crece también la consciencia de la propia ignorancia.¨
Y cuando los feligreses le pidieron al Presbítero que explicara dicha afirmación, dijo: ¨Cuando consigues comprender que hoy no eres  tan sabio como ayer creías serlo, resulta que hoy eres aún más sabio¨.

Para seguir reflexionando, ahí va:
Una  feligrés que hacía planes para el banquete de su boda, cuando se encontró con el Presbítero, le dijo: ¨Por amor a los pobres, he conseguido que mi familia accediera a ir en contra de lo convencional; es decir, sentar a los invitados pobres a la cabecera de la mesa, relegando a los ricos a los últimos lugares¨.
La feligrés se quedo mirando a los ojos del Presbítero, como esperando su aprobación.
Pero, el Presbítero después de pensarlo unos momentos, dijo: “Eso sería de lo más desafortunado querida, porque nadie disfrutaría del banquete, tu familia se sentiría incómoda, tus invitados ricos maltratados, y los invitados pobres pasarían hambre, porque estarían demasiados cohibidos para comer a su gusto, viéndose en la cabecera de la mesa¨.

También te cuento:
Un día el Presbítero ofreció la solución perfecta a una pareja de esposos que siempre estaban discutiendo.
Les miró fijamente y les dijo: ¨Dejad de reclamar como un derecho lo que podéis pedir como un favor¨.
La pareja puso en práctica la recomendación del Presbítero y desde ese día sus discusiones cesaron.

Otro para tu reflexión:
Un lunes por la mañana, se acercó un joven feligrés al Presbítero y le dijo: ¨Quisiera ser sabio¨. ¿Cómo puedo hacer realidad mi deseo?
El Presbítero suspiró y dijo ¨Había una vez un joven exactamente igual que tú que deseaba ser sabio, y lo deseaba con suficiente intensidad como para conseguirlo. Cierto día, me encontraba sentado exactamente en el mismo lugar en el que ahora estoy  y al frente mío estaba sentado un joven en el mismísimo lugar en el que ahora estás tú. Y el joven decía: ¡Quiero ser sabio!

 Para tu meditación, te cuento:
Un día sábado por la tarde, el Presidente de una gran Corporación Multinacional se detuvo para visitar al Presbítero.
¨Mi trabajo no me permite escuchar largos discursos¨ dijo al Presbítero y seguidamente le preguntó: ¿Podrías decirle en unas cuantas palabras la esencia de la religión a un hombre tan ocupado como yo?
El Presbítero quedó  mirándolo y  le respondió diciendo: “Le diré en una sola palabra en honor a su Excelencia”.
¡Increíble! ¿Cuál es esa palabra? Inquirió el ilustre visitante.
¨Silencio¨ respondió el Presbítero
¿Y cuál es el camino hacia el silencio?
¨La meditación¨ dijo el Presbítero
¿Y qué es, si me permite preguntarle, la meditación?
¨Silencio¨ expresó el Presbítero

Para seguir meditando:
Cuando uno de los feligreses manifestó su propósito de anunciar a otros la Verdad, el Presbítero le propuso una prueba ¨Pronuncia un discurso en mi presencia para que yo pueda juzgar si ya estas preparado¨
Cumpliendo con la prueba, el feligrés realmente dió un discurso  inspirador; y cuando al acabar se  le acercó un mendigo , entonces él se puso de pie y le regaló su capa , lo cual fue observado por una complacida  Asamblea.
Mas tarde le dijo el Presbítero al feligrés: ¨Tus palabras fueron muy profundas, hijo mío, pero aún no estas preparado¨

¿Por qué? Preguntó con incredulidad el feligrés
“Por dos razones: porque no has dado al mendigo la oportunidad de expresar sus necesidades y porque no has superado el deseo de impresionar a los demás con tu virtud”


(…) ¿Será  algo más que  una coincidencia  el hecho que  la sabiduría con el tiempo nos puede llevar  a la santidad  y  que por  la santidad es posible llegar también con el tiempo  a la sabiduría?


sábado, 13 de diciembre de 2014

¿Qué se entiende por Operación Aduanera?


1.- Algunos tratadistas  dicen que : “Bajo la denominación de operación aduanera se comprende aquellas operaciones que no logran constituir un régimen aduanero y que responden más bien a actos comerciales, de transporte o de otra índole que tienen implicaciones aduaneras, ya sea porque se efectúan o deben efectuarse en el ámbito aduanero. Por otra parte, estas operaciones se agotan en su propio cumplimiento, es decir, no se prolongan en el tiempo ni en el espacio”.

2.- Otros estudiosos, dentro de la expresión “operación aduanera” comprenden a todas aquellas operaciones físicas, auxiliares y complementarias de las destinaciones aduaneras como son: operaciones de embarque, desembarque, recepción, pesaje, almacenamiento, destrucción, etc; y operaciones cumplidas por la aduana a petición de la parte interesada, tales como: traslado, reconocimiento físico, extracción o toma de muestras, división y/o reembalaje,etc.

3.- La Comunidad Andina en su Decisión 671 sobre Regímenes Aduaneros nos brinda una definición de “operación aduanera” definiéndola como: Toda actividad de embarque, desembarque, entrada, salida, traslado, circulación, almacenamiento, y levante de las mercancías objeto de comercio internacional y sujetas al control aduanero.

4.- Nosotros compartimos las definiciones mencionadas en los numerales 1 y 2 , más no la del numeral 3 por considerarla incompleta. En tal sentido, podemos afirmar por ejemplo que el aforo es una importante “operación aduanera” dentro del régimen aduanero de importación para el consumo.

5.- En nuestra opinión,  una  Ley General de Aduanas no debiera obviar una definición del término “operación aduanera”, a fin de contribuir a comprender el sentido y alcance de sus disposiciones.



Caminos...


No debemos olvidar esta reflexión:

Érase un Presbítero al que todos consideraban la encarnación de la sabiduría. Todos los días disertaba sobre diversos aspectos de la vida espiritual, y para todos era obvio que jamás había superado nadie la variedad, la profundidad y el atractivo de las enseñanzas de aquel hombre.

Sus feligreses le preguntaban una y otra vez por la fuente donde extraía su inagotable sabiduría. Y él decía que todo estaba escrito en un libro que ellos heredarían cuando él muriera.

Al día siguiente de su muerte, los feligreses encontraron, el libro en el lugar exacto donde él les había indicado que lo encontrarían. Aquel libro no tenía más que una página, y en ella una sola sentencia:

“Comprende la diferencia entre el continente y el contenido y habrás descubierto la fuente de la sabiduría”.


Debemos convencernos de una vez por todas, de lo siguiente:

Que la verdadera sabiduría empieza por el conocimiento de uno mismo. ¡cultívala!.

Que el ser humano es el único ser que tiene consciencia reflexiva de sus limitaciones y esto significa verlas desde una perspectiva superior y además en cierto modo sobrepasarlas. Nadie podría afirmar que el hombre es infinito, pero nadie tampoco podría afirmar que está encerrado en una finitud sin salida. La condición del ser humano no es pues la de ser infinito ni la de ser finito; sino más bien, la de un ser transfinito, o sea, la de un ser en pasaje permanente de la finitud enclaustrada a la infinitud absoluta. Esta condición es  propia de nuestra espiritualidad.

Que esencialmente somos seres espirituales atravesando una experiencia humana.

Que, vivir el presente sin condicionamiento alguno, nos permite experimentar la realidad de la vida.

Que la satisfacción de nuestras necesidades afectivas y espirituales son esenciales para nuestro desarrollo como personas, y facilita la satisfacción de nuestras necesidades materiales y cognoscitivas. Debemos ser, antes que nada excelentes personas.

Una excelente persona es aquella que es coherente entre lo que piensa, dice y hace. Tiene  madurez y mentalidad de abundancia, con una gran vocación de servicio.

No debemos olvidar, que el hombre experimenta la vida en estas cuatro dimensiones: espiritual,  mental, corporal  y social.

La dimensión espiritual (sentido de trascendencia) es el núcleo de nuestro ser, donde se encuentra el principio vital que inspira nuestras acciones más trascendentes como: vivir profundamente siendo nosotros mismos y perfeccionándonos cada vez más. El desarrollo de esta dimensión nos ayuda a alcanzar el ser.

La dimensión mental, es donde se encuentran nuestros pensamientos y conocimientos; es de vital importancia, debido a que todas las acciones que desarrollamos se generan en primera instancia en la mente. Tiene una poderosa influencia en nuestro accionar.


La dimensión corporal, cuya salud es el más grande capital que tenemos durante nuestra existencia humana.


La dimensión social, se desarrolla en nuestras interrelaciones con los demás, y en la medida en que éstas sean armoniosas, contribuirán a nuestra convivencia en sociedad.


No olvidar, que nuestro desarrollo debe comprender a las cuatro dimensiones de nuestra existencia. El logro de los mayores niveles de desarrollo en cada una de dichas dimensiones, dependerá de nuestra actitud y perseverancia.

Por todo lo que hemos expuesto, me atrevo a afirmar, que una condición sine-qua non para tener una vida plena y exitosa es, mantener saludables las cuatro dimensiones en que experimentamos la vida : la espiritual, mediante la oración perseverante, la lectura y aplicación en nuestra vida  de las sagradas escrituras y siendo coherentes con lo que se piensa, dice y hace; la corporal, a través de una adecuada alimentación, descanso y ejercicios suficientes; la mental, manteniendo pensamientos positivos, el entusiasmo, la perseverancia y la confianza en nosotros mismos para caminar hacia lo que buscamos o deseamos; y la dimensión social, actuando en base a valores para contribuir a conservar la armonía no sólo con nuestros semejantes, sino también con todos los aspectos de nuestro entorno.

Lo prioritario es ser cada día mejor. Para lo cual, debemos concentrar nuestros esfuerzos en nuestro círculo de influencia (que incluye nuestra propia conducta) y actuar siempre en base a Valores.

Existen muchas maneras de ser para sentirnos felices: Unos son agradecidos, otros se entusiasman por algo cada día, algunos se sienten felices siendo ellos mismos y muchos se sienten felices haciendo el bien.

¿Quién decide si usted será feliz o infeliz? La respuesta es ¡Usted Mismo!, no cometamos el error de pedir a Dios lo que nosotros podemos hacer.

La práctica del pensamiento positivo, es una de las claves para triunfar en la vida. Y mantener el  PH de tu cuerpo en equilibrio  es importante para tu salud.

lunes, 8 de diciembre de 2014

¿Qué es Régimen Aduanero?



1.- Un término importante que ayuda a comprender  la operatividad del sistema aduanero es el de Régimen Aduanero, razón por la cual revisaremos  seguidamente la definición de dicho término en el contexto legal de la Comunidad Andina  y de la Ley General de Aduanas del Perú .


2.- En la Decisión 671 de la Comunidad Andina, advertimos las siguientes definiciones:
Destino Aduanero.-  Tratamiento aplicable a las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera de acuerdo a la legislación aduanera comunitaria.
Son destinos aduaneros:
La inclusión de las mercancías en un régimen aduanero;
La introducción en una zona franca;
La destrucción; y,
El abandono.
Régimen Aduanero.- Es el destino aduanero aplicable a las mercancías, solicitado por el declarante, de acuerdo con la legislación aduanera comunitaria.
Son regímenes aduaneros:
Importación para el consumo;
Reimportación en el mismo estado;
Admisión temporal para reexportación en el mismo estado;
Exportación definitiva;
Exportación temporal para reimportación en el mismo estado;
Perfeccionamiento activo: admisión temporal para perfeccionamiento activo, reposición con franquicia arancelaria y transformación bajo control aduanero;
Perfeccionamiento pasivo: exportación temporal para perfeccionamiento pasivo.
Tránsito aduanero;
Depósito aduanero;
Reembarque;
Transbordo;
Cabotaje;
Otros regímenes aduaneros o de excepción regulados por las normas que autorizan su creación y funcionamiento : mensajería acelerada o Courier, tráfico postal, equipaje, menaje de casa, provisiones, tráfico fronterizo, vehículo de uso privado del turista, entre otros.

3.- Si leemos la Ley General de Aduanas ( Decreto Legislativo 1053) del Perú, podemos apreciar que no define explícitamente el término “régimen aduanero”; sin embargo, contempla regímenes aduaneros similares a lo que establece la Decisión 671.
A manera de ilustración transcribiremos la definición que adopta dicha LGA del término “ destinación aduanera “ y lo que establece en su artículo 47:
Destinación Aduanera.- Manifestación de voluntad del declarante  expresada mediante la declaración aduanera de mercancías, con la cual se indica el régimen aduanero al que debe ser sometida la mercancía que se encuentra bajo potestad aduanera.
Artículo 47 (LGA).- Tratamiento aduanero
Las mercancías que ingresan o salen del territorio aduanero por las aduanas de la República deben ser sometidas a los regímenes aduaneros señalados en esta sección. Las mercancías sujetas a tratados o convenios suscritos por el Perú se rigen por lo dispuesto en ellos.

4.- La Ley General de Aduanas del Perú, que fuera aprobada por Decreto Legislativo 809 , si contemplaba  la definición del término “régimen aduanero”, como sigue: Tratamiento aplicable a las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera y que, según la naturaleza y fines de la operación puede ser definitivo, temporal, suspensivo o de perfeccionamiento.

En otras palabras, el régimen aduanero es el tratamiento legal aplicable a las mercancías sometidas al control de la Aduana y este tratamiento dependerá de la destinación que el declarante, dueño o consignatario dé a su mercancía.


Despertemos



El filósofo expuso largamente al Presbítero sobre la “realidad objetiva”.

Cuando el filósofo concluyó, dijo el Presbítero:

“Lo que tú conoces no es la realidad, sino la percepción que tienes de ella. Y lo que experimentas no es el mundo, sino tu propio estado de ánimo”.

“Entonces ¿es que la realidad no puede ser captada?, interrogó el filósofo.

“Sí...pero sólo por los que van más allá de sus pensamientos”, replicó el Presbítero.

“¿Y qué clase de personas son ésas?”.

“Las que se han liberado de ese gran protector que llamamos el “Yo”, porque cuando el “Yo” desaparece, cesa también la protección...y se ve el mundo en su desnuda belleza”.


También te cuento:

“Lo que más me deprime es la absoluta vulgaridad de mi existencia. Jamás en la vida he hecho nada tan importante como para merecer la atención del mundo”, dijo el feligrés.

“Te equivocas si piensas que es la atención del mundo lo que hace que una acción sea importante”, dijo el Presbítero.

Siguió una larga pausa...

“Bueno, pero es que tampoco he hecho nada que haya influido en alguien, ni para bien ni para mal...”, replicó el feligrés.

“Te equivocas si piensas que es el influir en los demás lo que hace que una acción sea importante”, volvió a decir el Presbítero.

“Pero, entonces, ¿qué es lo que hace que una acción sea importante?”.

“El realizarla por sí misma porque nos nace y entusiasma hacerlo, poniendo en ella todo el propio ser. Entonces resulta ser una acción desinteresada, semejante a la actividad de Dios", sentenció el Presbítero.


Ahí va otro cuento para tu reflexión:


Cuentan que un guerrero Japonés fue apresado por sus enemigos y encerrado en un calabozo.

Aquella noche no podía conciliar el sueño, porque estaba convencido de que a la mañana siguiente, habrían de torturarle cruelmente.

Entonces, recordó las palabras del Presbítero: “El mañana no es real. La única realidad es el presente”. Volvió al presente y se quedó dormido.

(...) Trata de vivir el presente, procurando que tu mente siempre esté donde está tu cuerpo, y experimentarás la realidad.

lunes, 1 de diciembre de 2014

¿Qué se entiende por Mercancía?


1.      Dado que la función principalísima de la Aduana es el control y fiscalización del tráfico internacional de mercancías, es necesario tener un concepto claro de lo se entiende por “mercancía” , desde el punto de vista aduanero.

2.      En el texto del “Convenio de Kyoto revisado” en lo relativo a mercancías, sólo encontramos las definiciones siguientes:

-            Mercancías en libre circulación.- Las mercancías de las que se puede disponer sin restricciones por parte de la Aduana.
-           Mercancías exportadas con reserva de retorno.- Las mercancías que el declarante indique que serán reimportadas y respecto de las cuales sea posible tomar medidas de identificación, por parte de la aduana, a fin de facilitar su retorno en el mismo estado.
-     Mercancías  equivalentes.- Las mercancías nacionales o importadas que sean idénticas por su especie, calidad y sus características técnicas a las que están reemplazando que hubieran sido importadas a los efectos de una operación de perfeccionamiento activo.
-            Mercancías equivalentes.- las mercancías nacionales o importadas idénticas por su especie, su calidad y sus características técnicas a las mercancías bajo el régimen de “drawback” que están reemplazando.
-    Productos  compensadores.- Los productos obtenidos como resultado de la transformación o elaboración o de la reparación de mercancías cuya admisión bajo el régimen de perfeccionamiento activo haya sido autorizada.
-            Productos  compensadores.- Los productos obtenidos en el extranjero y resultantes de la transformación, elaboración o reparación de las mercancías a las cuales les fue autorizado el régimen de perfeccionamiento pasivo.


-        Efectos personales.- Todos aquellos artículos nuevos o usados, que razonablemente necesite el viajero para su uso personal durante el viaje, teniendo en cuenta todas las circunstancias de este viaje, con exclusión de toda mercancía importada o exportada con fines comerciales.

-            Provisiones.-
a)     Provisiones para consumo; y,
b)     Provisiones para llevar.

-            Provisiones para consumo.-
a)     Mercancías destinadas para el consumo de los pasajeros y de la tripulación a bordo de embarcaciones, aeronaves o trenes, hayan sido  o no vendidas; y,
b)  Mercancías necesarias para la operación y mantenimiento de embarcaciones, aeronaves o trenes, incluyendo combustible y lubricantes, con excepción de piezas de repuesto y equipos. Que se encuentran a bordo al momento de llegada o son llevadas a bordo durante la permanencia en el territorio aduanero de embarcaciones, aeronaves o trenes utilizados, o destinados para ser utilizados, en el tráfico internacional para el transporte remunerado de personas o para el transporte industrial o comercial de mercancías, sea o no remunerado.

-            Provisiones para llevar.- Mercancías para  vender a los pasajeros y a la tripulación de embarcaciones y aeronaves con el propósito de desembarcarlas, que se encuentran a bordo al momento de llegada o son llevadas a bordo durante la permanencia en el territorio aduanero de embarcaciones, aeronaves o trenes utilizados, o destinados para ser utilizados, en el tráfico internacional para el transporte remunerado de personas o para el transporte industrial o comercial, sea o no remunerado.
  

-            Envíos de socorro.-
a)     Mercancías, incluyendo vehículos y otros medios de transporte, alimentos, medicinas, ropa, frazadas, carpas, casas prefabricadas, artículos para purificar y almacenar agua, u otras mercancías de primera necesidad, enviadas como ayuda para las personas afectadas por un desastre; y,
b)     Todos los equipos, vehículos y otros medios de transporte, animales especialmente adiestrados, provisiones, suministros, efectos personales y otras mercancías para el personal de socorro en casos de desastre que les permita cumplir sus funciones y ayudarlos a vivir y trabajar en la zona de desastre durante todo el tiempo que dure su misión.


3.      En la Decisión 671 de la Comunidad Andina sobre Armonización de Regímenes Aduaneros publicada en la Gaceta Oficial N° 1520 del 16 de Julio de 2007, apreciamos las siguientes definiciones:
-       Mercancías.-  Son todos los bienes suceptibles de ser clasificados en la nomenclatura NANDINA y sujetos a control aduanero.
-     Mercancías en libre circulación.- Aquellas mercancías que se pueden disponer libremente sin restricciones por parte de la aduana en el territorio aduanero comunitario, una vez cumplidas las formalidades aduaneras.
-            Mercancías comunitarias.-
a)     Las mercancías obtenidas, elaboradas, transformadas o producidas en el territorio aduanero comunitario y que cumplen con las normas de origen establecidas en la Comunidad  Andina; y,
b)     Las mercancías importadas para el consumo y en libre circulación en el territorio aduanero comunitario.
-            Mercancías no comunitarias.-
a)   Las mercancías que no cumplen los requisitos para ser consideradas como mercancías comunitarias; y,
b)     Las mercancías que pierden su condición de comunitarias al ser exportadas a título definitivo fuera del territorio aduanero comunitario.
-            Productos compensadores.- Son aquellos productos obtenidos como resultado de la transformación, de la elaboración o de la reparación de mercancías cuya admisión bajo los regímenes de perfeccionamiento activo o pasivo haya sido autorizada.

4.      La Ley General de Aduanas ( Decreto Legislativo 1053 ) del Perú, considera las siguientes definiciones relativas a las mercancías:
-    Mercancía.-  Bien susceptible de ser clasificado en la nomenclatura arancelaria y que puede ser objeto de los regímenes aduaneros.
-    Mercancía nacional.- La producida o manufacturada en el país con materias primas nacionales o nacionalizadas.
-    Mercancía extranjera.- Aquella que proviene del exterior y no ha sido nacionalizada, así como la producida o manufacturada en el país y que ha sido nacionalizada en el extranjero.
-     Mercancía equivalente.- Aquella idéntica o similar a la que fue importada y que será objeto de reposición, reparación o cambio.
Debe entenderse por mercancía idéntica a la que es igual en todos los aspectos a la importada en lo que se refiere a la calidad, marca y prestigio comercial.
Debe entenderse por mercancía similar  a la que sin ser igual en todos los aspectos a la importada, presenta características próximas a ésta en cuanto a especie y calidad.
-  Producto compensador.- Aquél obtenido como resultado de la transformación, elaboración o reparación de mercancías cuya admisión bajo los regímenes de perfeccionamiento activo o pasivo haya sido autorizada.

5.      Finalmente, debemos manifestar que  si hemos revisado el concepto de mercancía en tres contextos legales, como son : el Convenio de Kyoto Revisado, la Comunidad Andina y la Legislación de Perú, es porque estamos convencidos que la  claridad de conceptos determina claridad en la operatividad. En tal sentido, consideramos adecuada la definición  de mercancía  adoptada por  la Ley General de Aduanas  del Perú.




Súper Vivencia



1.    Día tras día el feligrés hacía la misma pregunta. “¿Cómo puedo encontrar a Dios?”. Y día tras día recibía la misma y misteriosa respuesta del Presbítero:

“A través del deseo”.

“Pero ¿acaso no deseo yo a Dios con todo mi corazón? Entonces ¿Por qué no lo he encontrado?, replicaba interrogándose el feligrés.

Un día mientras se hallaba bañándose en el río en compañía de su feligrés, el Presbítero le sumergió bajo el  agua, sujetándole por la nuca, y      así   le mantuvo un buen rato mientras el pobre feligrés luchaba desesperadamente por soltarse.

Al día siguiente fue el Presbítero quien inició la conversación: “¿Por qué ayer luchabas tanto cuando te tenía yo sujeto bajo el agua?”.


“Por qué quería respirar”, dijo el feligrés.

“EI día que alcances la gracia de anhelar a Dios como ayer anhelabas el aire, ese día le habrás encontrado”. Sentenció el Presbítero. 


2.    Para que continúes con tu reflexión, te cuento:

A un predicador que no dejaba de repetir: “¡Tenemos que poner a Dios en nuestras vidas!".

El Presbítero le dijo:

“Ya está en ella. Lo que tenemos que hacer es   reconocerlo".


3.     No olvides de reflexionar sobre esto:

¿Por qué todo el mundo es feliz aquí, excepto yo?, preguntó el feligrés.

“Porque han aprendido a ver la bondad y la belleza en todas partes”, respondió el Presbítero.

“¿y por qué no veo en todas partes la bondad y la belleza?”

"Por qué no puedes ver fuera de ti lo que no ves en tu interior", sentenció el Presbítero.

También sobre esto:

A una mujer que se quejaba de que las riquezas no habían conseguido hacerla feliz, el presbítero le dijo:


“Hablas como si el lujo y el confort fueran ingredientes de la felicidad, cuando de hecho, lo único que necesitas para ser realmente feliz, es entusiasmarte por algo cada día”.

domingo, 23 de noviembre de 2014

¿Qué es el Convenio de Kyoto?


El Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros , conocido como el Convenio de Kyoto fue redactado en Kyoto (Japón) el 18 de mayo de 1973 y entró en vigencia el 25 de setiembre de 1974. En Bruselas (Bélgica) el 26 de Junio de 1999  se elaboró su Protocolo  de Enmienda, el cual entró en vigor el 3 de Febrero del 2006; siendo conocido desde entonces dicho Convenio como el “Convenio de Kyoto Revisado”.

 El “Convenio de Kyoto Revisado” tiene como objetivos:

-Eliminar las divergencias entre los regímenes y las prácticas aduaneras de las Partes Contratantes que pueden obstaculizar el comercio internacional y otros intercambios internacionales;

-Responder a las necesidades del comercio internacional y de las Aduanas en materia de facilitación, simplificación y armonización de los regímenes y prácticas aduaneras;

-Asegurar unas normas apropiadas de control aduanero; y

-Permitir que las Aduanas puedan responder a los importantes cambios operados en el ámbito empresarial .

     
       
El “Convenio de Kyoto Revisado”  se basa en  los siguientes principios :

-Transparencia y previsibilidad de la actividad aduanera;
-Normalización y simplificación de la declaración de mercancías y de la documentación adjunta a ella;
- Simplificación de procedimientos ;
- Máximo uso de la tecnología de la información;
- Control aduanero mínimo necesario para asegurar el cumplimiento de la normatividad;
- Uso de la gestión de riesgo y controles basados en auditorías;
- Intervenciones coordinadas con otros organismos ;
- Alianza o asociación  con el sector empresarial.

Este convenio tiene una estructura que consta de tres partes : El Convenio como tal o cuerpo, un anexo general que contiene definiciones y normas, y anexos específicos que comprenden normas recomendadas y directivas.

La estructura en detalle del “Convenio de Kyoto Revisado”, es:

-Protocolo de Enmienda del Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros.

ANEXO I .- Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros (Nueva versión)

ANEXO II .- ANEXO GENERAL
Capítulo 1   Principios Generales
Capítulo 2   Definiciones
Capítulo 3   Despacho Aduanero y Otras Formalidades
Capítulo 4   Derechos e Impuestos
Liquidación, cobro y pago de Derechos e Impuestos
Pago diferido de Derechos e Impuestos
Devolución de Derechos e Impuestos
Capítulo 5   Garantía
Capítulo 6   Control Aduanero
Capítulo 7   Aplicación de la tecnología de la Información
Capítulo 8   Relaciones entre la Aduana y Terceros
Capítulo 9   Información, Decisiones y Resoluciones de la Aduana
Información de carácter general
Información de carácter específica
Decisiones y resoluciones
Capítulo 10  Recursos en materia aduanera
Derecho a recurrir
Forma y Fundamentos del recurso
Estimación del recurso
                 




ANEXOS ESPECÍFICOS
Anexo A  Llegada de mercancías en un territorio aduanero
Anexo B  Importación
Anexo C  Exportación
Anexo D  Depósitos Aduaneros y Zonas Francas
Anexo E  Tránsito
Anexo F  Transformación
Anexo G  Admisión Temporal
Anexo H  Delitos
Anexo  J  Procedimientos Especiales
Anexo K  Origen

Al 26 de Enero de 2010, el número de Partes Contratantes (países) del “Convenio de Kyoto Revisado” es 66, y son los siguientes países: Argelia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bélgica, Botsuana, Bulgaria, Canadá, China, Congo (Rep. Dem. Del), Croacia, Cuba, Chipre, República Checa, Dinamarca, Egipto, Estonia, La Comunidad Europea, Finlandia, Fiji, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, India, Irlanda, Italia, Japón. Jordania, Kazajstán, Corea, Letonia, Lesotho, Lituania, Luxemburgo, Madagascar, Malasia, Mauricio, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Namibia, Paises Bajos, Nueve Zelanda, Noruega, Pakistán, Polonia, Portugal, Qatar, Senegal, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, Sudáfrica, España, Sri Lanka, Sudán, Suecia, Suiza, República de Macedonia, Turquía, Uganda, Reino Unido, Estados Unidos, Vietnam, Colombia y Zimbabwe.

Los Países Miembros de la Comunidad Andina si bien son miembros de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), a la fecha no han adoptado el Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros (Protocolo Enmienda del Convenio de Kyoto, Revisado de 1999); sin embargo, debemos señalar que varias de sus normas y prácticas recomendadas han sido tomadas en cuenta en la legislación comunitaria y nacional de los Países Miembros.


¿Quieres un Mundo Mejor?


El Presbítero dice acerca de sí mismo:

“De joven yo era un revolucionario y mi oración consistía en decir a Dios: Señor, dame fuerzas para cambiar el mundo”.

“A medida que fui haciéndome adulto y me di cuenta que me había pasado media vida sin haber logrado cambiar a una sola alma, transformé mi oración y empecé a decir: Señor, dame la gracia de transformar a cuantos entran en contacto conmigo. Aunque sólo sea a mi familia y a mis amigos. Con eso me doy por satisfecho”.

“Ahora que soy viejo, y tengo los días contados, he empezado a comprender lo estúpido que yo he sido. Por eso, hoy, mi única oración es la siguiente: Señor, dame la gracia de ser cada día mejor".


Si yo hubiera rezado de esta manera desde el principio, no habría malgastado tantos años de mi vida.

(...) Lo prioritario es ser uno cada día mejor. Para lo cual, debemos  concentrar esfuerzos en nuestro círculo de influencia (que incluye la propia conducta) y actuar siempre en base a valores como el amor, la verdad, la justicia, etc. Entonces seremos  como el caminante de la luz.

lunes, 17 de noviembre de 2014

¿Qué Funciones Cumple la ADUANA?


1.- Múltiples son hoy en día las funciones que cumplen las Aduanas. Pero no podemos  negar que su principalísima función sigue siendo el “control y fiscalización del tráfico internacional de mercancías”.

2.- El control y fiscalización del tráfico internacional de mercancías, abarca no sólo la entrada y salida de mercancías del territorio aduanero nacional, sino también ese flujo de mercancías nacionalizadas que se dan dentro del mismo territorio aduanero nacional entre las zonas que tienen un tratamiento aduanero especial y las demás zonas sin dicho tratamiento.

3.- La Aduana  diligencia el despacho de las mercancías que cruzan las fronteras aduaneras, clasificándolas en la nomenclatura arancelaria, determinando su valor en aduana  y los tributos eventualmente aplicables. Tareas que, como bien sabemos exigen  contar con un personal altamente capacitado y con elevado nivel de satisfacción laboral, así como, con una moderna infraestructura física y tecnológica.

4.- Por otro lado, también debemos manifestar que al participar la Institución Aduanera en el control y fiscalización del tráfico internacional de mercancías, le permite cumplir con la tarea de elaboración de las estadísticas básicas del comercio exterior tomando la información  contenida en las declaraciones aduaneras de mercancías de importación y exportación definitiva, las cuales  constituyen una importante fuente no sólo para  el diseño y formulación de la política comercial del país, sino también para nuestras negociaciones comerciales con otros países y para  la toma de decisiones de los empresarios .

5.- Asimismo, debemos manifestar que en la práctica la Aduana cumple un importante rol  como instrumento de la política comercial y económica de un país. Razón por la cual, hoy en día se conciben a las Aduanas no sólo como el servicio público encargado de controlar el tráfico internacional de mercancías con el fin de recaudar los derechos e impuestos eventualmente aplicables a dicho tráfico, sino que, además, se entiende que este control o intervención comprende la ejecución de todas aquellas medidas que adopta el Estado con la finalidad de regular, promover o restringir el flujo comercial, con el objeto de contribuir al desarrollo de  la economía nacional.
No obstante lo expresado, preocupa que con mucha frecuencia todavía nos encontremos con personas “miopes” que conciben a la administración aduanera solamente como una entidad pública y nada más.

6.- No debemos olvidar , que  la Aduana  cumple  importantes roles en la economía nacional, como son:
- Ejecutor de la política arancelaria nacional
- Recaudador de ingresos fiscales
- Protector del sector productivo y comercial formal del país
- Ente de control del flujo físico del comercio exterior
- Promotor y facilitador del comercio exterior.

7.- Por otro lado, debemos indicar que dos instrumentos que contribuyen  a que la Aduana pueda cumplir sus funciones, en una mejor forma, son la Potestad Aduanera y la Prenda Aduanera.

8.- Potestad Aduanera es el  “conjunto de derechos y facultades  que las leyes otorgan a la Aduana, para exigir el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias de carácter aduanero que afectan el paso de las personas, mercancías y medios de transporte a través de las fronteras aduaneras del país; para definir la norma jurídica a que debe someterse el tránsito de personas y tráfico de mercancías; y, para sancionar a quienes infrinjan la normatividad aduanera , en la forma establecida por ley”.

9.- En cuanto a la Prenda Aduanera, debemos manifestar que las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera están gravadas como prenda legal en garantía de la deuda tributaria aduanera, de las tasas por servicios y del cumplimiento de los requisitos establecidos y no serán de libre disposición mientras no se cancele totalmente o se garantice la citada deuda o tasa y/o se cumplan los requisitos.
El derecho de prenda aduanera es preferente, especial y faculta a la Administración Aduanera a retener las mercancías que se encuentran bajo su potestad; en caso contrario, perseguirlas, comisarlas, ingresarlas a los almacenes aduaneros y disponer de ellas en la forma autorizada por ley.

¡Pensemos Positivamente, Siempre!


De uno de sus tantos viajes en tren, el Presbítero nos contó esta anécdota, la cual quiero compartirlo con ustedes:

Una mañana estaba afeitándose junto a media docena de personas en el baño de caballeros de un tren. Como suele suceder cuando se está en un sitio concurrido y estrecho, después de una noche de tren, el grupo no se sentía muy dispuesto a mostrarse alegre. Todos se afeitaban en silencio. De pronto, entró un hombre muy sonriente. Saludó alegremente, pero la respuesta fue sólo gruñidos. Al fin, alguien dijo, en tono irónico:

¿Parece usted muy alegre esta mañana? ¿A qué se debe su buen humor?

“Sí, estoy contento. Me siento alegre”, respondió el hombre. Luego añadió: “He hecho un hábito de la felicidad”.


( … ) La felicidad y la desdicha dependen, en buena parte, del estado habitual de nuestra mente”.


Un día el Presbítero habló así: “Los golpes de la vida, la acumulación de dificultades, la multiplicación de los problemas, etc.; desgastan nuestras energías, nos agotan y a veces nos desmoralizan. Por ejemplo: una vez vino a verme una encantadora joven de diecisiete años y me dijo que lo había perdido todo, nada le quedaba y que además había perdido la fe.

Yo la escuché atentamente, porque la conocía bastante y estaba al corriente de sus problemas. La situación económica de su padre era tan mala que le era imposible enviar a la muchacha a la universidad, a pesar de haberlo prometido.

Tomemos un lápiz, le dije, y anotemos algunas de las cosas que ha perdido usted señorita.

¿Cómo va la salud?

“Bueno, jamás he estado enferma”, dijo la joven.

Salud inmejorable, escribí y seguidamente le dije: Supongo que en su casa no hay comida. Usted debe padecer hambre ¿No es cierto?.

La chica casi comiéndome con los ojos, de inmediato exclamó: “Nada de eso. No hemos llegado a ese extremo. Además el comer un poco menos me sirve para conservar la línea”

Sin problemas de alimentación y vivienda, anoté.

Quizá tus padres no te quieren demasiado, le dije mirándola compasivamente.

“Mamá me quiere mucho y papá se desvive por mi”, replicó la muchacha y seguidamente dijo: “me temo que he sido muy tonta, Presbítero”

En ese instante, noté que la actitud de la joven había cambiado. Se había dado cuenta que no lo había perdido todo, ni mucho menos. Que tenía dificultades sí, pero no eran insuperables. Se dio cuenta, que con lo que le quedaba podría hacer frente con éxito a las nuevas circunstancias de la vida.


( … ) Cualquier problema por grande y desesperado que pueda ser o parecer, es menos importante que nuestra actitud hacia él. La forma en que uno piensa acerca de un hecho puede derrotarle aún antes de haber comenzado a actuar; del mismo modo, que puede también proporcionarle la victoria. Por eso, es importante tener siempre una actitud positiva frente a los problemas.


Después de pronunciar unas palabras en el acto de clausura de un Colegio Secundario, el alumno más brillante se acercó al Presbítero y le preguntó:

¿Puedo hablarle de un asunto que para mí es de gran importancia?

Cuando quieras, respondió el Presbítero.

Cuando todos los demás se hubieron marchado, se sentaron los dos en las gradas de la escalera que conducía al auditorio del colegio.

“Mañana tengo que entrevistarme con el Jefe de Personal de una empresa, para entrar a trabajar”, dijo el muchacho con tono de ansiedad y siguió hablando: “Me importa mucho conseguir dicho empleo, y si no lo logro, me sentiré frustrado”.

El muchacho siguió hablando: “ No tengo ni pizca de confianza en mí mismo, nada puedo hacer para evitarlo, me siento completamente perdido”.

El Presbítero le manifestó: Es necesario descubrir el origen de tu falta de confianza, pero eso  llevará mucho tiempo. Mientras tanto, para que puedas hacer frente a tu problema de inmediato, voy a darte una fórmula que siempre ha dado buenos resultados, si lo pones en práctica.

“Haré lo que sea”, prometió el muchacho.

Muy bien, le dijo el Presbítero y prosiguió: En el camino hacia tu casa, esta noche, repita una y otra vez las palabras que voy a decirte. Una vez en la cama, repítalas nuevamente. Mañana por la mañana, al despertar, vuelva a repetirlas. Finalmente, al dirigirte a tu cita con el Jefe de Personal, repítalas una vez más.

Las palabras que te indicaré debes pronunciarlas con fe, con una fe profunda. Verás como recibirás la fuerza suficiente para hacer frente a la entrevista con toda naturalidad y tranquilidad de ánimo. Serás tú mismo y tus cualidades brillarán. Las palabras que tienes que repetir son éstas:

“Todo lo puedo, gracias a Dios que me fortalece”.

El muchacho se puso de pie y después de unos instantes de silencio, con un tono de emoción en la voz, exclamó: Muy bien, muy bien, Señor Presbítero. He comprendido”.

En la tarde del día siguiente, el muchacho fue a ver al Presbítero y le anunció con gran alegría que había obtenido el empleo. Seguidamente añadió: “Parece increíble, que unas pocas palabras me hayan ayudado tanto”.

El Presbítero le remarcó lo siguiente: “La práctica del pensamiento positivo, es una de las claves para triunfar en la vida. Puedes considerarte afortunado joven, por haberlo aprendido tan pronto. Salud y Bien para ti”.


“EI hombre es lo que piensa que es”, “Nuestra vida es el resultado de nuestros pensamientos", son dos grandes verdades que algunas personas lo dijeron en determinadas circunstancias de sus vidas.

No olvides pues, que: “Las actitudes son más importantes que los hechos en sí”. Así como en la física el factor básico es la fuerza; en psicología, el factor básico es la motivación, es decir, el entusiasmo por  algo.

Si bien la mente no puede controlar directamente las circunstancias de nuestro entorno; sin embargo, sí puede controlar nuestra actitud ante tales circunstancias. No debemos olvidar esto.

Alguna vez he leído que hay dos reglas que pueden generar en nosotros una actitud mental que nos lleve al éxito personal, éstas son:
Primera regla: Mantener una actitud entusiasta, de confianza en sí mismo y perseverante en el camino hacia lo que buscamos.


Toda vida tiene sus reveses, y enfrentarlos es lo que nos mantiene vivos. Estoy convencido de que los grandes logros de la vida ocurren cuando rechazamos el miedo paralizante al fracaso. Así pues, escucha la voz de tu interior que te aconseja tener valor y refuerza su impulso vital. Si lo haces, tendrás en tus manos el poder de los ganadores.

Ten presente aquel dicho: "Siempre que dejamos de actuar para ser mejores, nos volvemos peores".

Segunda regla: Aprender a trabajar en equipo.

Creo que el trabajo en equipo contribuye para que los sueños se vuelvan realidad, porque genera sinergia.

Todos jugamos en diversos equipos durante nuestra existencia: la familia,  una Empresa o institución, nuestro país, etc. Y en todo equipo los miembros tienen un pacto escrito o tácito. Este pacto establece los valores y las metas de todos los integrantes del equipo.


viernes, 7 de noviembre de 2014

LA ADUANA

1.- La palabra “Aduana” no tiene un origen preciso; sin embargo, analizando su etimología, unos autores sostienen que proviene del arábigo “DIVANUN” lo cual significa casa grande donde se recaudan los derechos,  y otros autores consideran que el origen se encuentra en las  palabras “ADAYUAN” ó “AD DINUAN” que son de origen morisco ya que los moros llamaban así a las oficinas públicas que se encargaban de registrar y cobrar los derechos a las importaciones y exportaciones.
Por otro lado, para la mayoría de los autores el antecedente histórico más lejano de los derechos arancelarios o aranceles está constituido por el “PORTORIUM” que se aplicaba en el Imperio Romano.


2.- Desde que aparece  la Aduana en la historia, siempre ha estado vinculada al control del tráfico internacional 


3.- El “Convenio de Kyoto Revisado” define el término “Administración de Aduana o Aduana” como: el servicio de la Administración responsable de la aplicación de la legislación aduanera y de la recaudación de los derechos e impuestos, y que también tiene responsabilidad en la aplicación de otras leyes y reglamentos relativos a la importación, exportación, circulación o depósito de mercancías.

4.- Por otro lado, la Comunidad Andina en su Decisión 671 sobre Armonización de Regímenes Aduaneros publicado en la Gaceta Oficial N° 1520 del 16 de Julio de 2007, define el término de “Administración Aduanera” como: el órgano de la Administración Pública competente de cada País Miembro para aplicar la legislación aduanera, recaudar los derechos e impuestos, tasas y cualquier otro recargo percibido por la aduana, aplicar otras leyes y reglamentos relativos a los destinos y operaciones aduaneras, y ejercer el control y la potestad aduanera.

5.- En el Perú, la Ley General de Aduanas (Decreto Legislativo N° 1053) define el término “Administración Aduanera” como: el órgano de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria competente para aplicar la legislación aduanera, recaudar los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo así como los recargos de corresponder, aplicar otras leyes y reglamentos relativos a los regímenes aduaneros, y ejercer la potestad aduanera.
El término también designa una parte cualquiera de la Administración Aduanera, un servicio o una oficina de ésta.


6.- Como se puede apreciar en los numerales anteriores, el término “Aduana” o “Administración de Aduana” o “Administración aduanera” es definido en forma similar tanto por el Convenio de Kyoto Revisado, la Comunidad Andina y por la Ley General de Aduanas de Perú.


7.- Un término importante que nos ayuda a  entender la Aduana, es el de legislación aduanera. Seguidamente transcribimos textualmente  lo que el Convenio de Kyoto Revisado  entiende por Legislación Aduanera: “Son las disposiciones legales y reglamentarias relativas a la importación, exportación, circulación y depósito de mercancías, cuya aplicación está expresamente encomendada a la aduana, así como cualquier norma dictada por ésta dentro de sus competencias”.

8.- Por otro lado, debemos manifestar que la Ley General de Aduanas del Perú (Decreto Legislativo 1053) establece como principios generales que sirven de base para el funcionamiento del sistema aduanero, los siguientes:

a)    La facilitación del comercio exterior.- Los servicios aduaneros son esenciales y están destinados a facilitar el comercio exterior, a contribuir al desarrollo nacional y a velar por el control aduanero y el interés fiscal.

      Para el desarrollo y facilitación de las actividades aduaneras, la
      administración Aduanera debe  expedir normas que regulen la emisión,
      transferencia, uso y control de documentos e información, relacionados
      con tales actividades, sea ésta soportada por medios documentales o
      electrónicos que gozan de plena validez legal.

b)    Cooperación e intercambio de información.- Para el desarrollo de sus actividades, la Administración Aduanera debe procurar el intercambio de información y/o la interoperabilidad con los sistemas de otras administraciones aduaneras o ventanillas únicas del mundo de manera electrónica o la integración de los procesos interinstitucionales, así como la cooperación con empresas privadas y entidades públicas nacionales y extranjeras.

      Las entidades públicas que registran datos en medios electrónicos,  salvo las
      excepciones previstas en la Constitución y la Ley de Transparencia y Acceso a
      la Información Pública, deben poner a disposición de la Administración
      Aduanera dicha información de manera electrónica.

     La Administración Aduanera deberá disponer medidas para que el 
      intercambio de datos y documentos que sean necesarios entre la autoridad
      aduanera y los operadores de comercio exterior se realicen por medios
      electrónicos.

c)    Participación de agentes económicos.- El Estado promueve la participación de los agentes económicos en la prestación de los servicios aduaneros, mediante la delegación de funciones al sector privado.

Por Decreto Supremo refrendado por el Titular de Economía y Finanzas, previa coordinación con la Administración Aduanera, se dictarán las normas necesarias para que, progresivamente se permita a través de delegación de funciones, la participación del sector privado en la prestación de los diversos servicios aduaneros en toda la República bajo la permanente supervisión de la Administración Aduanera.
  

d)    Gestión de la calidad y uso de estándares internacionales.- La prestación de los servicios aduaneros deberá tender a alcanzar los niveles establecidos en las normas internacionales sobre sistemas de gestión de la calidad, con énfasis en los procesos, y a aplicar estándares internacionales elaborados por organismos internacionales vinculados al comercio exterior.


e)    Buena fe y presunción de veracidad.- Los principios de buena fe y de presunción de veracidad son base para todo trámite y  procedimiento administrativo aduanero de comercio exterior.


f)     Publicidad.- Todo documento emitido por la Administración Aduanera, cualquiera sea su denominación que constituya una norma exigible a los operadores de comercio exterior debe cumplir con el requisito de publicidad.
Las resoluciones que determinan la clasificación arancelaria y las resoluciones anticipadas se publican en el portal de la Administración Aduanera.
En la medida de lo posible, la Administración Aduanera publicará por adelantado cualesquiera regulaciones de aplicación general que rijan asuntos aduaneros que proponga adoptar, y brindará a las personas interesadas la oportunidad de hacer comentarios previamente a su adopción.